DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DE LA MADRE TIERRA <<<
Preámbulo
Nosotros, los pueblos de la Tierra:
Considerando que todos somos parte de la Madre Tierra, una comunidad
indivisible vital de seres interdependientes e interrelacionados con un destino
común;
Reconociendo con gratitud que la Madre Tierra es fuente de vida,
alimento, enseñanza, y provee todo lo que necesitamos para vivir bien; reconociendo
que el sistema capitalista y todas las formas de depredación, explotación,
abuso y contaminación han causado gran destrucción, degradación y alteración a
la Madre Tierra, colocando en riesgo la vida como hoy la conocemos, producto de
fenómenos como el cambio climático;
Convencidos de que en una comunidad de vida interdependiente no es
posible reconocer derechos solamente a los seres humanos, sin provocar un
desequilibrio en la Madre Tierra;
Afirmando que para garantizar los derechos humanos es necesario
reconocer y defender los derechos de la Madre Tierra y de todos los seres que
la componen, y que existen culturas, prácticas y leyes que lo hacen;
Conscientes de la urgencia de tomar acciones colectivas decisivas para
transformar las estructuras y sistemas que causan el cambio climático y otras
amenazas a la Madre Tierra;
Proclamamos esta Declaración Universal de Derechos de la Madre Tierra,
y hacemos un llamado a la Asamblea General de las Naciones Unidas para
adoptarla, como propósito común para todos los pueblos y naciones del mundo, a
fin de que tanto los individuos como las instituciones, se responsabilicen por
promover mediante la enseñanza, la educación, y la concientización, el respeto
a estos derechos reconocidos en esta Declaración, y asegurar a través de
medidas y mecanismos prontos y progresivos de carácter nacional e
internacional, su reconocimiento y aplicación universal y efectivos, entre
todos los pueblos y los Estados del Mundo.
Artículo 1: La Madre Tierra
1.La Madre Tierra es un ser vivo.
2.La Madre Tierra es una comunidad única, indivisible y auto-regulada,
de seres interrelacionados que sostiene, contiene y reproduce a todos los seres
que la componen.
3.Cada ser se define por sus relaciones como parte integrante de la
Madre Tierra.
4.Los derechos inherentes de la Madre Tierra son inalienables en tanto
derivan de la misma fuente de existencia.
5.La Madre Tierra y todos los seres que la componen son titulares de
todos los derechos inherentes reconocidos en esta Declaración sin distinción de
ningún tipo, como puede ser entre seres orgánicos e inorgánicos, especies,
origen, uso para los seres humanos, o cualquier otro estatus.
6.Así como los seres humanos tienen derechos humanos, todos los demás
seres de la Madre Tierra también tienen derechos que son específicos a su
condición y apropiados para su rol y función dentro de las comunidades en los
cuales existen.
7.Los derechos de cada ser están limitados por los derechos de otros
seres, y cualquier conflicto entre sus derechos debe resolverse de manera que
mantenga la integridad, equilibrio y salud de la Madre Tierra.
Artículo 2: Derechos Inherentes de la Madre Tierra
1. La Madre Tierra y todos los seres que la componen tienen los
siguientes derechos inherentes:
a. Derecho a la vida y a existir;
b. Derecho a ser respetada;
c. Derecho a la regeneración de su biocapacidad y continuación de sus
ciclos y procesos vitales libres de alteraciones humanas;
d. Derecho a mantener su identidad e integridad como seres
diferenciados, auto-regulados e interrelacionados;
e. Derecho al agua como fuente de vida;
f. Derecho al aire limpio;
g. Derecho a la salud integral;
h. Derecho a estar libre de contaminación, polución y desechos tóxicos
o radioactivos;
i. Derecho a no ser alterada genéticamente y modificada en su
estructura amenazando su integridad o funcionamiento vital y saludable;
j. Derecho a una restauración plena y pronta por las violaciones a los
derechos reconocidos en esta Declaración causados por las actividades humanas.
2. Cada ser tiene el derecho a un lugar y a desempeñar su papel en la
Madre Tierra para su funcionamiento armónico.
3. Todos los seres tienen el derecho al bienestar y a vivir libres de
tortura o trato cruel por los seres humanos.
Artículo 3: Obligaciones de los seres humanos con la Madre Tierra
1. Todos los seres humanos son responsables de respetar y vivir en
armonía con la Madre Tierra;
2. Los seres humanos, todos los Estados, y todas las instituciones
públicas y privadas deben:
a. actuar acorde a los derechos y obligaciones reconocidos en esta
Declaración;
b. reconocer y promover la aplicación e implementación plena de los
derechos y obligaciones establecidos en esta Declaración;
c. promover y participar en el aprendizaje, análisis, interpretación y
comunicación sobre cómo vivir en armonía con la Madre Tierra de acuerdo con
esta Declaración;
d. asegurar de que la búsqueda del bienestar humano contribuya al
bienestar de la Madre Tierra, ahora y en el futuro;
e. establecer y aplicar efectivamente normas y leyes para la defensa,
protección y conservación de los Derechos de la Madre Tierra;
f. respetar, proteger, conservar, y donde sea necesario restaurar la
integridad de los ciclos, procesos y equilibrios vitales de la Madre Tierra;
g. garantizar que los daños causados por violaciones humanas de los
derechos inherentes reconocidos en la presente Declaración se rectifiquen y que
los responsables rindan cuentas para restaurar la integridad y salud de la
Madre Tierra;
h. empoderar a los seres humanos y a las instituciones para defender
los derechos de la Madre Tierra y todos los seres que la componen;
i. establecer medidas de precaución y restricción para prevenir que las
actividades humanas conduzcan a la extinción de especies, la destrucción de
ecosistemas o alteración de los ciclos ecológicos;
j. garantizar la paz y eliminar las armas nucleares, químicas y
biológicas;
k. promover y apoyar prácticas de respeto a la Madre Tierra y todos los
seres que la componen, acorde a sus propias culturas, tradiciones y costumbres;
l. promover sistemas económicos en armonía con la Madre Tierra y
acordes a los derechos reconocidos en esta Declaración.
Artículo 4: Definiciones
1. El término “ser” incluye los ecosistemas, comunidades naturales,
especies y todas las otras entidades naturales que existen como parte de la
Madre Tierra.
2. Nada en esta Declaración podrá restringir el reconocimiento de otros
derechos inherentes de todos los seres o de cualquier ser en particular.
Cochabamba, Bolivia, 22 abril 2010
No hay comentarios :
Publicar un comentario